Kit Digital del Gobierno
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
Kit Digital ¿Como solicitarlo?
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
- Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico.
- Consulta el catálogo de soluciones digitales, donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores.
- Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es).
- Contacta con nosotros para ayudarte a elegir un Agente Digitalizador y que servicios podemos ofrecerte.
Beneficiarios de la ayuda
El Gobierno ha segmentado los negocios que se pueden beneficiar del kit digital tanto en la convocatoria de las ayudas, como en la cuantía de las mismas, en tres grupos distintos:
Pequeñas empresas
- De entre 10 y menos de 50 empleados
- Se estiman 145.000 pequeñas empresas
Microempresas
- De entre 3 y menos de 10 empleados
- Se estiman 1.100.000 pequeñas empresas y 1.600.000 trabajadores autónomos
Autoempleo
- De entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo
- Se estiman 1.100.000 pequeñas empresas y 1.600.000 trabajadores autónomos
Requisitos
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener una antigüedad mínima de dos años.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
Soluciones
- Sitio Web y presencia en internet
- Comercio electrónico
- Gestión de redes sociales
- Gestión de clientes
- Inteligencia empresarial y analítica
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Gestión de procesos
- Factura electrónica
- Comunicaciones seguras
- Ciberseguridad
SERVICIOS
- Adaptación al RGPD, DPO
- Ciberautopsy
- Copias de Seguridad
- Formación a Medida
- Instalación de Nube Privada
- Peritaciones informáticas
- Recuperación de Información
- Seguridad Local y Perimetral
- Transformación Digital
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